martes, 25 de febrero de 2014

Cuando la ley electoral no te deja ahorrar tiempo ni papel.

Esta mañana hemos enviado este correo electrónico:



Estimados compañeros/as

Os pedimos que no tengais en cuenta el correo de ayer que adjuntaba una papeleta.
Es preferible que useis los materiales disponibles en la mesa de votación.

Perdón por el despiste

Saludos

Pretendíamos ahorrar papel y tiempo de trabajo (recordad que CGT no tiene horas sindicales, al no tener aún delegados, para ir repartiendo propaganda). Pero la ley electoral y la rigidez del proceso hace que sigamos con métodos del siglo XIX.

Artículo 75. Votación para delegados y comités de empresa.
1. El acto de la votación se efectuará en el centro o lugar de trabajo y durante la jornada laboral, teniéndose en cuenta las normas que regulen el voto por correo.
El empresario facilitará los medios precisos para el normal desarrollo de la votación y de todo el proceso electoral.
2. El voto será libre, secreto, personal y directo, depositándose las papeletas, que en tamaño, color, impresión y calidad del papel serán de iguales características, en urnas cerradas.
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Estatuto de los Trabajadores
Artículo 75 Votación para delegados y comités de empresa 
 
1. El acto de la votación se efectuará en el centro o lugar de trabajo y durante la jornada laboral, teniéndose en cuenta las normas que regulen el voto por correo.

El empresario facilitará los medios precisos para el normal desarrollo de la votación y de todo el proceso electoral.
 
2. El voto será libre, secreto, personal y directo, depositándose las papeletas, que en tamaño, color, impresión y calidad del papel serán de iguales características, en urnas cerradas


1. El acto de la votación se efectuará en el centro o lugar de trabajo y durante la jornada laboral, teniéndose en cuenta las normas que regulen el voto por correo.
El empresario facilitará los medios precisos para el normal desarrollo de la votación y de todo el proceso electoral.
2. El voto será libre, secreto, personal y directo, depositándose las papeletas, que en tamaño, color, impresión y calidad del papel serán de iguales características, en urnas cerradas.
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Artículo 75. Votación para delegados y comités de empresa.
1. El acto de la votación se efectuará en el centro o lugar de trabajo y durante la jornada laboral, teniéndose en cuenta las normas que regulen el voto por correo.
El empresario facilitará los medios precisos para el normal desarrollo de la votación y de todo el proceso electoral.
2. El voto será libre, secreto, personal y directo, depositándose las papeletas, que en tamaño, color, impresión y calidad del papel serán de iguales características, en urnas cerradas.
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Aunque la información fuera la misma, usando las papeletas que enviábamos hubieran sido anuladas de inmediato. 
Pedimos perdón por la confusión.
Es lo que tiene ser novatos.
Iremos mejorando.

Saludos

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